Ley Aplicable

Si causante era y beneficiario es residentes en España, se aplicará la Ley de la Comunidad Autónoma de residencia del causante.
Si el causante, o el beneficiario, cualquiera de ellos, son no residentes en España, se aplicará la legislación del Estado.
Sin embargo:

A.- Si el causante no era residente en España, pero lo era en un país miembro de la Unión Europea ( UE) o del Espacio Económico Europeo (EEA), el beneficiario residente en España puede escoger aplicar la Ley de la Comunidad Autónoma donde está situados los activos de mayor valor. Si no hay bienes en España, el beneficiario residente en España puede aplicar la Ley de la Comunidad Autónoma de su residencia

 

B.- Si el causante era residente en España, y el beneficiario es un no residente, pero residente en un Estado miembro de la Unión Europea ( UE), o del Espacio Económico Europeo (EEA), el beneficiario puede escoger aplicar la ley de la Comunidad Autónoma de la residencia del causante.

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